Sí. La ley dominicana no pone ninguna restricción a que un extranjero compre propiedad en el país — tienes exactamente los mismos derechos de propiedad que un ciudadano dominicano, sin necesidad de residencia, visa de inversionista, ni un socio local. Esta es de las primeras preguntas que me hacen mis clientes internacionales, y quiero explicarte el proceso real, sin rodeos.

Paso 1: Selección de la propiedad

Antes de cualquier trámite legal, defino contigo qué buscas: uso personal, renta vacacional, inversión a mediano plazo. Esto cambia la zona, el tipo de propiedad y si te conviene un proyecto con incentivos CONFOTUR. Trabajo principalmente en Las Terrenas, Cap Cana y Punta Cana/Bávaro — cada zona tiene una dinámica de mercado distinta y te la explico con datos, no con generalidades.

Paso 2: Debida diligencia (due diligence)

Aquí es donde un asesor con criterio marca la diferencia. Antes de que reserves nada, se verifica que el título de propiedad esté limpio, sin gravámenes ni litigios, en la Jurisdicción Inmobiliaria correspondiente; que el vendedor o desarrollador sea quien dice ser; y si es preventa, el estatus legal del proyecto y del terreno. No te voy a apurar a firmar nada antes de que esto esté confirmado. Si algo no cuadra, te lo digo, aunque signifique perder la venta.

Paso 3: Contrato de reserva o promesa de venta

Se firma un contrato que fija el precio, las condiciones de pago y el cronograma. En preventa, normalmente hay un depósito inicial seguido de pagos programados hasta la entrega. Este documento debe ser revisado por un abogado independiente — el tuyo, no solo el del vendedor.

Paso 4: Firma ante notario y traspaso

La compra se formaliza mediante un acto de venta firmado ante notario público. Con ese acto, se tramita el traspaso del título en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y luego en el Registro de Títulos.

Paso 5: Impuestos de la transacción

Aquí es donde muchos compradores internacionales se sorprenden — y es importante que lo sepas de antemano, no cuando ya firmaste. El impuesto de transferencia es normalmente un 3% del valor de la propiedad, y el impuesto anual IPI es 1% sobre el valor que exceda cierto umbral exento.

Si la propiedad está acogida a la Ley CONFOTUR, esta ley exonera el 3% de impuesto de transferencia y el 1% de IPI anual hasta por 15 años. No es “0% de impuestos” de forma permanente — es una exoneración específica, con un plazo definido, y aplica solo a proyectos que califican. Vale la pena confirmar esto proyecto por proyecto antes de asumir que aplica.

Paso 6: Registro final

Una vez pagados los impuestos correspondientes, el Registro de Títulos emite el Certificado de Título a tu nombre. Ese documento es tu prueba legal de propiedad en República Dominicana.

Lo que necesitas tener listo: pasaporte vigente, fondos identificables (los bancos y notarios piden trazabilidad del origen del dinero, como en cualquier país), y un abogado dominicano de tu confianza, independiente del vendedor.

No necesitas vivir en el país ni viajar constantemente para completar el proceso — muchos de mis clientes compran a distancia con representación legal aquí. Lo que sí necesitas es a alguien que te diga la verdad en cada paso, incluso cuando esa verdad complique el cierre. Si estás evaluando comprar en Las Terrenas, Cap Cana o Punta Cana, escríbeme y armamos el proceso juntos, sin presión y con toda la información sobre la mesa.

Nos vemos en casa. 🏡